Τετάρτη 28 Σεπτεμβρίου 2011

Observaciones al Estudio de Impacto Ambiental “Aeropuerto Internacional Jorge Chávez”

Lima, 10 de Setiembre del 2011

TALLER N˚1 - GEIA XVI

A : Profesor Dr. Henry Carhuatocto Sandoval

ASUNTO : Observaciones al Estudio de Impacto Ambiental “Aeropuerto Internacional Jorge Chávez”

REFERENCIA : Resumen Ejecutivo EAI 019-4220

INTEGRANTES DEL GRUPO :

Baldeón Vargas, María de la Asunción
Bravo Cruz, René Emanuel
Díaz Aedo, Carlos
Fernández Guando, Trinidad
Herrera Herencia, Helmuth Luis
Paniagua Guzmán, Luis Johann
Preciado Frías, Kelly
Samillán Salinas, Lily Ana

I. ANTECENDENTES Y DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El Aeropuerto Internacional Jorge Chávez está ubicado en la AV. Elmer Faucett s/n, Distrito Cercado, Provincia Callao, Departamento de Lima y fue construido entre los años 1960 y 1964 ocupando una superficie de 244 ha. El aeropuerto fue concesionado por el estado peruano a la empresa Lima Airport Partners (LAP) por 30 años y opera desde febrero del 2001.

El proyecto de ampliación del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez no considera obras fuera de los linderos actuales del aeropuerto, ni en el terminal de combustible. El proyecto considera remodelación en el terminal, mejoras de la infraestructura del aeropuerto, además de la construcción de nuevas salas de embarque, espigones nacionales e internacionales, construcción del Centro Comercial Perú Plaza I y un hotel.

II. ANÁLISIS

2.1. ASPECTOS LEGALES

Se tendrá en cuenta la ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Ley 27446, y su Reglamento D.S. 019-2009-MINAM, así como el Reglamento de Protección Ambiental específico del sector, y Normatividad de Participación Ciudadana Sectorial, además del D.S. 002-2009-MINAM. También deberán señalarse la base legal de las competencias de los sectores involucrados, en la aprobación, supervisión y control del EIA así como en opiniones técnicas.

AUTORIDADES INVOLUCRADAS EN LA APROBACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL EIA DEL AIJCH
ACTORES INVOLUCRADOS INTERESES
1. Lima Airport Partners (LAP) • Concesionaria administradora, empezó a operar el AIJCh el 14 de febrero de 2001.
• El Estado Peruano ha otorgado a LAP una concesión por 30 años para la operación y expansión del AIJCh.
2. Operadores de Servicios Especializados
Aeroportuarios • Personas naturales y jurídicas que prestan servicios aeroportuarios especializados, certificadas por la DGAC y que cuentan con autorización del administrador aeroportuario para ingresar a plataforma, los cuales se desarrollarán y sus servicios se incrementarán.

AUTORIDADES INVOLUCRADAS EN LA APROBACIÓN DEL EIA FUNCIONES

3. MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES (MTC)

3.1. Dirección General de Aeronáutica Civil
(DGAC) • Organismo nacional de la República Peruana que, a través del conjunto de las funciones que realiza como autoridad de aplicación.
• Otorga las certificaciones, habilitaciones y aprobaciones que garantizan de por si la confiabilidad del personal y material de vuelo así como todo lo conexo, necesarios para la seguridad operativa de la actividad aeronáutica civil.

3.2. Dirección General de Asuntos Socio
Ambientales (DGASA) • Es el órgano de línea del Viceministerio de Transportes, encargado de conducir el cumplimiento de las normas, planes y programas Socio Ambientales con el fin de asegurar la viabilidad de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte y que van en concordancia con los objetivos del sector y la del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.

3.3. CORPAC • Controlar los procesos para mejorar continuamente el desempeño ambiental, mediante el establecimiento y la revisión de objetivos y metas ambientales, principalmente los relacionados al ruido, emisiones y consumo de recursos naturales.
• Cumplir con la legislación ambiental peruana y otras normas de protección ambiental asumidos voluntariamente por la Corporación, relacionadas con sus actividades, productos y servicios.
• Prevenir la contaminación originada por sus actividades, productos y servicios.
• Mantener canales de comunicación con las partes interesadas

4. MINISTERIO DE SALUD (MINSA)

4.1. DIGESA • Protege el ambiente de sustancias químicas, radiaciones y otras formas de energía que puedan presentar riesgo potencial o causar daño a la salud de la población
• Formular, regular, supervisar y difundir normas sobre protección del ambiente
• Vigilancia la contaminación sonora, prestando apoyo a los municipios.

5.1. Municipalidad Distrital de Bellavista • Las funciones de la División de Protección Ambiental, son evaluar los niveles de contaminación ambiental, detectando las fuentes de origen, aplicando sanciones y estableciendo obligaciones conforme a las normas de protección y conservación del ambiente (Ordenanza Nº 017-2003-CDB.). Fiscalizar y realizar labores de control respecto a la emisión de humos gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente en el distrito.

5.2. Regional del Callao
• Contribuir a la reducción de efectos contaminantes, remediación, y mejora de las condiciones de salud.
• Fortalecer la gestión ambiental en las instituciones.
• Incentivar el aprovechamiento sostenible y equitativo de los recursos naturales en la Región Callao.
• Promover la educación y vigilancia ambiental para generar entornos saludables en la Región Callao.
• Emiten la Certificación Ambiental de los proyectos de inversión que dentro del marco del proceso de descentralización resulten de su competencia.

6. MINISTERIO DEL AMBIENTE (MINAM) • Es el organismo rector del SEIA (Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental), asimismo constituye la autoridad técnico-normativa a nivel nacional y, como tal, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con el SEIA, coordina su aplicación técnica y es responsable de su correcto funcionamiento en el marco de la ley, el presente Reglamento y las disposiciones complementarias y conexas

AUTORIDADES FISCALIZADORAS EN MATERIA AMBIENTAL FUNCIONES
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
• Diseñar, normar y ejecutar la política de promoción y desarrollo en materia de Transportes y Comunicaciones.
• Formular los planes nacionales sectoriales de desarrollo.
• Fiscalizar y supervisar el cumplimiento del marco normativo relacionado con su ámbito de competencia.
• Otorgar y reconocer derechos a través de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones.
• Orientar en el ámbito de su competencia el funcionamiento de los Organismos Públicos Descentralizados, Comisiones Sectoriales y Multisectoriales y Proyectos.
• Planificar, promover y administrar la provisión y prestación de servicios públicos del Sector Transportes y Comunicaciones, de acuerdo a las leyes de la materia.
• Cumplir funciones ejecutivas en todo el territorio nacional respecto a las materias de su competencia

Organismo Supervisor de la Inversión en la Infraestructura de Transporte de uso público (OSITRAN)

• Regula el comportamiento de los mercados en los que actúan las entidades prestadoras de transporte de servicio público, así como el cumplimiento de los contratos de concesión. También fiscaliza el cumplimiento de las normas sobre contaminación ambiental en la explotación de la infraestructura pública de transporte.

OEFA
• Responsable de verificar el cumplimiento de la legislación ambiental por todas las personas naturales y jurídicas.
• Supervisa que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control, potestad sancionadora y aplicación de incentivos en materia ambiental, realizada a cargo de las diversas entidades del Estado, se realice de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente, de acuerdo a lo dispuesto jurídicamente en la Política Nacional del Ambiente.
La Contraloría General de la República • Supervisa la legalidad de la ejecución del presupuesto del estado asignado.

2.2. RESUMEN DE OPINIONES TÉCNICAS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA
El estudio de impacto ambiental del aeropuerto Jorge Chávez, cuenta con un plan de manejo social para mitigación de los aspectos de interés, en el cual solo te toma en cuenta tres niveles de participación según el tipo de intervención, a nivel nacional (que el estado realice la reubicación del sector afectado), a nivel regional, solo mencionan representantes de las municipalidades provinciales de lima y callao; a nivel local, representantes de las municipalidades y la dirección de asentamientos humanos del callao; y a nivel interno, esta dirigido a los trabajadores y usuarios del aeropuerto.

El plan de manejo social elaborado para el EIA del aeropuerto Jorge Chávez, solo convoca a los líderes o autoridades del gobierno público, dejando de lado a la población que verdaderamente va a ser afectada.

No se tomo en cuenta la identificación de los actores sociales a nivel local, además que no se detalla mucho los mecanismos de participación ciudadana que se mencionan en el decreto supremo Nº 002-2009-MINAM.


No se tomaron en cuenta los mecanismos principales como:
- Taller informativo
- Estudio de opinión
- Buzón de sugerencias
- Audiencia publica
- Oficina de información permanente

Además no se elaboro metodología estratégica de inclusión y participación ciudadana ni mecanismos de participación en las distintas etapas de elaboración del estudio de impacto ambiental.

2.3..DESCRIPCIÓN DE IMPACTOS SIGNIFICATIVOS, MEDIDAS DE MANEJO Y VALORACIÓN ECONÓMICA AMBIENTAL

En el estudio de impacto ambiental no se hace referencia a una valoración económica ambiental sólo se hace un hincapié al los beneficios económicos que generaría el proyecto.

La valoración económica hace referencia a los costos de los impactos ambientales que generaría el proyecto en sus distintas etapas. Según el EIA, como el proyecto esta dentro de los límites actuales del aeropuerto, no se afectaría a las personas que actualmente vive a los alrededores(por que no habría reubicación), es por eso que el impacto negativo seria casi insignificante(infraestructura vial), además como la zona donde se encuentra el aeropuerto es definida como zona industrial, no se afectaría la parte física de la zona(suelos, agua, etc.) y que el único impacto negativo alto seria el ruido ocasionado por las aeronaves, pero estos serian reducidos mediante silenciadores; es por eso que no estarían detallando tanto la valoración económica.

Este proyecto habla sobre remodelación del aeropuerto, y no se ha tomado en cuenta la valoración económica de los impactos que va a tomar esta acción, sobre todo en la etapa de construcción, costos que implicarían incluir a las personas que viven cerca y a los usuarios del aeropuerto. El proyecto menciona que el aeropuerto esta ubicada en zona industrial, y que es por eso que los impactos serian mínimos; lo que no se esta considerando es que cerca al aeropuerto encontramos terrenos de cultivo, entonces estaríamos hablando de conflicto de uso de suelos, lo cual en este caso tendría que ser compensando y para eso se tendría que valorar el costo que implicaría perder los terrenos de cultivo tanto como para la ciudad( ya que los terrenos de cultivo están siendo reducidos, ante una ciudad que esta en un crecimiento urbano acelerado, por lo tanto le da mas valor) y los dueños.

2.4..OBSERVACIONES AL EIA Y OBLIGACIONES ADICIONALES QUE SE IMPONEN PARA LEVANTAR LAS MISMAS

A. El EIA data del año 2001, por lo tanto hay muchas observaciones, ya que el DS 019-2009-MINAM es del año 2009.

B. El estudio menciona el impacto negativo del ruido, más no específica los números de vuelos mínimo y máximo; lo cual es muy importante por la generación de ruidos.

C. No especifica valores mínimo y máximo de decibeles para el despegue y aterrizaje de los aviones, ya que está demostrado que el ruido generado daña el sistema nervioso de los habitantes aledaños. De acuerdo a los resultados de ruido obtenidos para el EIA se sabe que el ruido producido por las aeronaves sobrepasa los límites permisibles según Ordenanza Municipal Nro. 00036 (2005) y el Reglamento Nacional de Calidad de Ruido (D. S. 085-2003-PCM).

D. Solo considera como zonas afectadas las poblaciones en sus límites, mas no a las zonas urbanizadas cercanas, informar sobre las distancias consideradas en el área de influencia directa e indirecta.

E. El EIA no contempla participación ciudadana,

F. No existe un plan de compensación económica, ni de reubicación de los pobladores aledaños.

G. Según la Evaluación de Impactos se menciona que ya existe un uso industrial de los suelos, no haciendo énfasis en considerar un plan adecuado de manejo de suelos contaminados, de acuerdo al “Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos”

H. No contempla un plan sobre el aumento del parque automotor, lo cual también incrementara la producción del CO2, afectando a la población, áreas agrícolas y vida animal.

I. En el Plan de Control de Emisiones se menciona como se controlan las emisiones de los vehículos y polvo por construcciones, mas no menciona como se controlan las emisiones de calderas e incineradores.

J. La señalización del área de ruido es muy genérica, solo habla del despegue y aterrizaje (conos) pero no de su trayectoria de ruta, tampoco indica el mínimo y máximo de ruido que ocasionará, en ningún momento lo menciona, un factor muy importante para su certificación, que luego servirá para su supervisión y monitoreo. Sobre las aéreas pobladas en el entorno del proyecto solo menciona a sus muy cercanos y deja de mencionar a las aéreas afectadas por el ruido como son las Urbanizaciones: Virú, Santa Cecilia, Las Águilas y Otras, que son zonas urbanizadas, compuestas por clases medias.

K. El presente estudio indica la situación de cómo se encuentra el estado del suelo, por lo que es indispensable hacer un estudio de calidad de suelo, para que al momento de fiscalizar se determinen claramente el nivel de responsabilidad de este proyecto.

L. En el estudio no se detallan las ubicaciones (coordenadas UTM) de las tomas de muestreo, tanto de las estaciones de aire, ni de ruido, no existe un mapa de distribución de las mismas,

M. Dentro del subcapítulo de los impactos ambientales, se hace una identificación de las especies tanto de Flora como de Fauna que se encontraron en el lugar, es presiso señalar si alguna de estas especies se encuentran en las listas del CITES o en las listas de UICN, ya que en esa época no se contaba con el DS-034-2004-AG y el DS-043-2006-AG.

N. Dentro del capítulo de Discusión de Impactos, en el subcapítulo de Generación de Polvo, se habla de revegetar 44 Hectáreas como compromiso de la LAP, se recomienda que se identifiquen el tipo de especies para la revegetación y se indique la cantidad de individuos por metro cuadrado, es importante también señalar el plan de mantenimiento de estas hectáreas a reforestar.

O. No se han definido la ubicación de los botaderos dentro del área del proyecto, ni el tratamiento que estos van a recibir hasta el momento en el que van a ser transportados por camiones a su disposición final.

P. No se han identificado áreas de influencia directa e indirecta dentro del proyecto (áreas delimitadas), tanto en el ámbito social como el ámbito ambiental, ya que estos dos aspectos son importantes debido a la influencia que existe a estos aspectos mencionados.

2.5..RESUMEN DE LAS PRINCIPALES OBLIGACIONES QUE DEBE CUMPLIR EL TITULAR

Se compromete a llevar a cabo los siguientes planes: de contingencias y emergencias; de seguridad e higiene; de control de emisiones; plan de control de ruidos; plan de manejo de residuos; manejo de tierras contaminadas, abastecimiento de agua, plan de control de efluentes, almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y aceites, plan de monitoreo ambiental, plan de control de congestión vehicular; repotenciación del impacto debido a compra de insumos menores; repotenciación del impacto laboral, plan de comunicaciones; y implementación de los planes de control y mitigación.

De acuerdo a lo estipulado en las actividades aeroportuarias es CORPAC la empresa encargada y responsable de todos los servicio de aeronavegación, siendo los servicios de las comunicaciones (torre de control), servicios de salvamiento y extensión de incendios una responsabilidad compartida tanto por CORPAC como por Lima Airport Partners (LAP).

Con los nuevos sistemas de distribución de agua se propuso una mejoría de la calidad del agua del agua subterránea extraída de los pozos, y que reduciría la perdida de agua descargada directamente al desagüe, ya que esta pasaría por una planta de tratamiento.

En el plan de Control de emisiones se comprometen a llevar a cabo lo siguiente: vegetación de las áreas que no puedan ser asfaltadas, humedecimiento de los montículos, desmontes y residuos de construcción que puedan generar polvo.

Para el impacto del ruido ocasionado por las aeronaves, se ha planteado tres medidas de mitigación, la primera es la instalación de silenciadores en las aeronaves que tenía como límite el 2004 por lo que debe estar cumplido en este momento; el despegue de las aeronaves hacia el norte y por último el procedimiento de despegue anti-ruido con mayor ángulo de despegue para aviones que deben partir hacia el sur


III. CONCLUSIONES

El estudio no especifica qué tipo de calidad de aviones van hacer aceptado en el aeropuerto y sus ampliaciones. Solo divide su estudio en aviones de vuelos internacionales y nacionales.

Se puede observar en el estudio un análisis de impactos muy generalizado, esperanzado en técnicas futuras para mitigar daños, especialmente a lo que se refiere a la contaminación por ruido, donde reconoce su incumplimiento pero se apoya en que en un futuro se contaran con silenciadores para los vuelos nacionales e internacionales, que si bien les pone un plazo para adecuarse no señala sanción alguna de no hacerlo.

Debido a los antecedentes sobre la población aledaña que no está registrada en Sunarp como propietarios solo se han limitado a considerarlos como erradicables, considerando las zonas que si están en la legalidad, esto hace que los daños a terceros se minimicen y no se haya hecho en realidad una verdadera evaluación de impacto ambiental de los daños que causan actualmente no solo de contaminación sonora que es lo más evidente, sino de contaminación por emanación de óxido de carbono proveniente de los aviones y demás vehículos que se utilizan o ingresan al aeropuerto

El Estudio analizado no hubiera sido aceptado, si estuviera vigente el DS 019-2009-MINAN. Aclarando que la Ley 27446, enuncia; categorías y criterios de protección ambiental, que no se han cumplidos, entendiéndose amparándose en la única disposición transitoria de dicha Ley.

IV. RECOMENDACIONES

Uso adecuado y entendido de los avances en forma integral, de las áreas involucradas, donde las autoridades que hacen funcionar el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez se involucren en mejoras continuas al medio ambiente; estas realizaciones de trabajo de mediciones estén de acorde a los cambios de un pueblo peruano con crecimiento, su necesidad básica es la económica, y que a toda acción por parte de ellos en mejora, tendrán un desorden del publico cuando este no es bien informado y/o orientado.

Apoyar constantemente en las políticas de gobierno sectoriales al enfrentamiento por sus ampliaciones de manera que el sector automotriz (dada las cualidades por falta de mantenimiento), la polución exagerada en sus entornos.

Uso constante y promoción al desarrollo de las Universidades Nacionales y Privadas en sus investigaciones para mejoras en políticas sectoriales ambientalistas, de esta manera los grados académicos valdrán su peso, dando pie a que el mercado mejore con nuevas tecnologías limpias de acorde con la nación, y teniendo de aval a la institución académica, podrán certificar a niveles internacionales; recordemos que las consultoras y/o asesoradoras provienen de estas universidades.

Tratar de aumentar los ingresos al aeropuerto por otros sectores como Gambeta y/o lado del rio Rímac, así como descentralizar los vuelos de escala realizado a aeropuertos aledaños con aviones pequeños desde un puerto anterior a Lima.

La compra de barreras acústicas artificiales como protección para la zona del rio Rímac que por falta del recurso amortiguador en forma líquida, está provocando ecos sonoros altos afectan no solo al distrito del Callao, sino a los aledaños como San Miguel Pueblo Libre, Cercado, Magdalena y otros

Elaborar un Plan de Cierre o Etapa de Abandono del Proyecto, e incluir los posibles impactos ambientales generados, sobre las medidas de mitigación que se implementaran para reducir los impactos que quedaran después del cese de operaciones y así cumplir con el Reglamento de Protección Ambiental.

V. BIBLIOGRAFIA

http://www.corpac.gob.pe
http://www.oefa.gob.pe
http://www.regioncallao.gob.pe
http://www.contraloria.gob.pe
http://www.mtc.gob.pe

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