Κυριακή 8 Αυγούστου 2010

OBSERVACIONES AL EIA DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL JORGE CHAVEZ (2001)

¿Qué críticas realizaría usted, si fuera poblador de Bellavista, al Estudio de Impacto Ambiental del Aeropuerto Jorge Chávez?

SOBRE EL EIA DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL JORGE CHAVEZ (2001)

Descripción de las actividades actuales

1. De acuerdo a lo estipulado en este subtítulo es CORPAC la empresa encargada y responsable de todos los servicio de aeronavegación, siendo los servicios de las comunicaciones (torre de control), servicios de salvamiento y extensión de incendios una responsabilidad compartida tanto por CORPAC como por Lima Airport Partners (LAP). ¿A cuál de estas dos empresas le corresponde la responsabilidad de la elaboración de las cartas (rutas) de despegue y aterrizaje de las aeronaves? y ¿A cuál le corresponde la elaboración de los horarios de despegue y aterrizaje?

2. En el ítem “Manejo de Residuos Sólidos” se menciona que los residuos orgánicos de los establecimientos del aeropuerto y los vuelos internacionales son eliminados por un incinerador. ¿Con cuánta frecuencia es utilizado?, ¿Se han hecho mediciones de emanaciones gaseosas o pm10 (partículas menores a 10 µm) para saber si este proceso no genera algún impacto negativo sobre la calidad del aire?

3. En el ítem “Efluentes” se menciona que todos los desagües del aeropuerto tienen como destino mar sin pasar por un tratamiento previo. Debido a que estos desechos provienen tanto de usuarios nacionales como extranjeros, ¿Esto no podría ocasionar en el ingreso de algún patógeno introducido?

Descripción del medio ambiente

4. De acuerdo a los resultados de ruido obtenidos para el EIA se sabe que el ruido producido por las aeronaves sobrepasa los límites permisibles según Ordenanza Municipal Nro. 00036 (2005) y el Reglamento Nacional de Calidad de Ruido (D. S. 085-2003-PCM). De otra parte la tesis realizada por el Ing. Celso Barreto sobre la contaminación por ruido por la aeronaves en Bellavista –Callao ratifican dicha afirmación, siendo los resultados los siguientes:

Esto evidencia que la Norma Técnica Complementaria emitida por el Ministerio de Transporte y comunicaciones (Dirección General de Aviación Civil) (NTC-DNA-004-2006) es deficiente en cuanto a la mitigación del impacto sonoro de las aeronaves sobre la respectiva área de influencia. Sin embargo existe la Ordenanza Municipal Nro. 00036 y el Reglamento Nacional de Calidad de Ruido que deberían ser tomados en consideración.

¿Qué medidas está aplicando o piensa aplicar CORPAC y LAP para detener la contaminación por ruido, y acatar las normativas respectivas?

Componente socio-económico

5. De acuerdo al ítem “Área Poblada del Entorno del Proyecto” se considera a los Asentamientos Humanos adyacentes a la aeropuerto (La Taboada, Hacienda Bocanegra o Santo Domingo y Hacienda San Agustín) como “erradicables” según los registros públicos de la Municipalidad de Bellavista. ¿Se ha considerado algún plan de compensación económica?, o en todo caso ¿Algún plan de reubicación que se viable para los pobladores de dichos Asentamientos Humanos?

Evaluación de impactos

6. En el ítem “Contaminación de Suelos y Pérdida de Suelos” se afirma lo siguiente:

“Los impactos en suelos de las actividades durante la fase de construcción de instalaciones y obras de infraestructura son todos negativos, ya que se alteran las condiciones naturales del suelo; sin embargo, son considerados insignificantes debido a que el área ya posee un uso industrial y los suelos han sido previamente impactados”.

¿Esto significa que como ya existe contaminación del suelo por otras actividades ajenas a la as actividades del aeropuerto dentro del Área de Influencia, LAP no piensa respetar el medio ambiente y pretende sumarse a los impactos negativos ya existentes en el suelo generando un impacto de efecto acumulativo o sinérgico?.

7. En el ítem “Calidad de Aire / Emisiones” se mencionan varios impactos producidos por la construcción de nueva infraestructura y vehículos a utilizar pero no se menciona nada acerca del incinerador que utiliza el aeropuerto para el desecho de los residuos sólidos.

Mitigación y controles

8. En el ítem “Plan de Control de Emisiones” se menciona y describe cómo se controlarán las emisiones de los vehículos y el polvo generado por las actividades de construcción, sin embargo no se menciona cómo se controlarán las emisiones de las calderas y el incinerador.

9. En el ítem “Plan de Control de Ruidos” LAP se compromete en alentar a las aerolíneas a cumplir con las normas internacionales de niveles de ruido a la vez de hacer un respectivo seguimiento; actualmente ya se han cumplido los plazos para acogerse a dichas normas y los problemas de ruido por aeronaves persiste. De otra parte se describe un horario de vuelos entre las 11:00 pm y 6:00 am así como el procedimiento de despegue propuesto por CORPAC para mitigar el efecto del ruido; a pesar de todo esto hasta la fecha el problema del ruido de la aeronaves persiste.

10. En el ítem “Manejo de Tierras Contaminadas” se menciona que la responsabilidad del tratamiento de los pasivos ambientales dentro del área del aeropuerto le corresponden al estado. ¿Cuál es el compromiso ambiental de LAP y CORPAC si no desean tomar iniciativas propias para la mejora del medio ambiente?

11. En el ítem “Plan de Monitoreo Ambiental” se menciona la ejecución de monitoreos periódicos de calidad de agua, efluentes y ruido. Si dichos monitoreos se han venido realizando desde el 2001 ó 2002, ¿Por qué continua el problema de ruido de las aeronaves?

12. En la tabla presentada en el ítem “Implementación de los Planes de Control y Mitigación” se describen medidas de mitigación para el ruido de aeronaves:

· Despegue rumbo norte.
· Procedimiento de despegue anti-ruido.
· Uso de silenciadores en aviones.

¿En qué porcentaje o con cuanta eficiencia estas medidas son actualmente realizadas?, considerando la evidencia existente hasta la actualidad del ruido generado por las aeronaves.

SOBRE EL INFORME TÉCNICO MONITOREO DE RUIDO AMBIENTAL ORIGINADO POR AERONAVES EN EL AEROPUERTO INTERNACIONAL JORGE CHÁVEZ -2009

13. En el respectivo informe técnico se comparan datos de los años 2004; 2007 y 2009 observándose que dentro de los puntos de muestreo localizados en la zonas residenciales del distrito de San Miguel y varios distritos del Callao (Bellavista, La perla y Callao) el ruido de la aeronaves siguen sobrepasando los límites máximos permisibles de ruido dentro de zonas urbanas durante la noche (D. S. 085-2003-PCM). Lo más sorprendente de este informe es que a pesar de reconocer una falencia en la mitigación del ruido de aeronaves por parte de LAP ser recomienda realizar el mismo estudio técnico sobre ruido de manera bianual; no es posible que existiendo información fidedigna desde el año 2001 (considerando el EIA del aeropuerto como el primer estudio) que reconocen la contaminación por ruido de las aeronaves en zonas residenciales se pretenda que tanto LAP como CORPAC sólo tengan que realizar un estudio de ruido cada dos años. Debida a la fuerte implicancia social en este tema los monitoreos de ruidos de aeronaves deberían ser diarios a fin de determinar el cumplimiento de la Ordenanza Municipal Nro. 00036 (2005) y el Reglamento Nacional de Calidad de Ruido (D. S. 085-2003-PCM).

Meylin Vásquez En: Curso de CESAP sobre Evaluación de Impacto Ambiental de Julio 2010. Profesor: Henry Carhuatocto Sandoval

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